¿Qué se debe tener en cuenta en los méritos de las oposiciones? ¿Se valora todo lo que se debe valorar o se tienen en cuenta méritos innecesarios?
A la vista de lo sucedido en unas oposiciones del Servicio Cántabro de Salud (SCS), parece que no siempre se tienen en cuenta todos los méritos ya que el Tribunal Supremo (TS) ha reconocido el derecho de un médico que se presentó a unas oposiciones para unas plazas de Cirugía Ortopédica y Traumatología del SCS a que se le valore en ellas su título de especialista en estas áreas y su formación en este campo, que no se le habían tenido en cuenta.
El TS no sólo ha dado la razón al medico a que se le tengan en cuenta sus méritos sino que además ha ordenado retrotraer el proceso de selección a la fase de concurso para que la Administración convocante, que era la que tenía en su poder la documentación acreditativa de estos méritos, remita al Tribunal Calificador para que valore la «formación especializada» del mismo, «con todas las consecuencias jurídicas, administrativas y económicas que se deriven» de ella en el proceso de selección.
El Gobierno cántabro había presentado un recurso de casación contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia Cantabria (TSJC) que estimó el recurso contencioso-administrativo que presentó este aspirante contra la resolución del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas convocadas y ha condenado a costas al Ejecutivo regional, pero este recurso ha sido desestimado por el Tribunal Constitucional.
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