Las oposiciones al Cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento de Vícar, en Almería, por las que se se ofertaban 2 plazas de Policía Local y que se celebraron en 2005, se tendrán que repetir porque así lo ha decidido la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) con sede en Granada.
La repetición de estas oposiciones se debe a que se ha estimado el recurso de apelación interpuesto por uno de los concurrentes a la prueba, y que fue excluido del procedimiento de selección por resolución de la Alcaldía de Vícar argumentando que el título habilitante para optar a la oposición, «consistente en haber superado las pruebas de acceso para la universidad para mayores de 25 años» adolecía de «vicios generadores de nulidad de pleno derecho en cuanto que el recurrente en el mismo año se presentó a las pruebas» en dos universidades distintas, acción que, según la normativa, es causa de nulidad de la propia prueba.
Según el texto de la sentencia, que revoca el fallo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número dos de Almería en marzo de 2006, «el título en cuestión», la prueba de acceso a mayores de 25 años, «es un acto declarativo de derechos a favor del recurrente el cual reúne la apariencia necesaria en cuanto a su validez y eficacia». Y por lo tanto, pese a todo, debe de «desplegar la plenitud de sus efectos en tanto no resulte impugnado, pues así lo imponen razones de seguridad jurídica y de protección de los derechos de los ciudadanos». El TSJA afirma que, por lo tanto, se trata «del reconocimiento de la validez y eficacia de los actos administrativos declarativos de derechos en tanto no sean impugnados».
Algunos de los aspirantes en el proceso de selección ya han mostrado su intención de recurrir el proceso por la vía administrativa.
Conseguir un puesto de trabajo en la policía garantiza estabilidad laboral y un salario digno, dos cosas que no abundan en estos tiempos de crisis.